La Plataforma Ribera + Centrales No y las centrales térmicas de Castejón

    es 26 Ots 2011 - Centrales térmicas

    Logotipo Plataforma de la Ribera + Centrales NOLa “Plataforma Ribera + Centrales No”, está formada por un grupo heterogéneo de personas de la Ribera de Navarra preocupadas por el grave impacto medioambiental que ocasiona en la zona la construcción de dos nuevas centrales térmicas de ciclo combinado en Castejón (Navarra), que se añade al que ya provocaban las dos centrales térmicas de ciclo combinado que comenzaron su funcionamiento en 2002.

    Castejón fue un lugar pionero en la instalación de este tipo de tecnología para la generación de electricidad, y pese a que hubo una importante movilización popular en la zona, con la recogida de miles de firmas que se oponían a estas plantas eléctricas, y a que se presentaron numerosas alegaciones en contra de los proyectos por parte de los grupos ecologistas y de diferentes ayuntamientos de la zona; por resolución de 24 de marzo de 2000, (BOE 27 de abril de 2000) de la entonces Secretaría General de Medio Ambiente del Ministerio de Medio Ambiente, se formuló declaración de impacto ambiental favorable para la construcción de una central térmica de ciclo combinado de 400 MW promovida por Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A., y también en la misma fecha y con idéntico sentido favorable, se formuló otra declaración de impacto ambiental para la construcción de una central térmica de ciclo combinado, también de 400 MW, promovida en esta ocasión por Iberdrola, S.A.

    Estos primeros proyectos comenzaron su operación comercial en septiembre de 2002, en el caso de la central propiedad de Hidrocantábrico, y en mayo de 2003 en el caso de la central propiedad de Iberdrola. Resulta sorprendente comprobar como, al objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental para la instalación de un nuevo proyecto de 400 MW, el promotor Elerebro remitió, con fecha 1 de agosto de 2002, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, la memoria-resumen del proyecto de construcción del Grupo 2. Es decir, antes de comenzar la  operación comercial de su primer grupo de 400 MW ya estaban iniciando los trámites para conseguir la autorización para duplicar potencia con el Grupo 2; algo que prácticamente se repite si hablamos del Grupo II de la central propiedad de Iberdrola.

    Esta forma de actuar, comprensible desde una óptica empresarial, no es admisible desde la promoción de políticas comprometidas con la protección del medio ambiente que reiteradamente dicen defender nuestros diferentes responsables políticos.

    Esas declaraciones de impacto ambiental que consideraron ambientalmente viables las 2 primeras centrales térmicas de ciclo combinado en Castejón, sirvieron de base a un informe de Ecologistas en Acción (ver enlaces recomendados) en el que quedó probado que los modelos de dispersión de la contaminación empleados (muy especialmente el ISC3, ampliamente usado por el MINAM) subestimaban los valores de inmisión. En ellas se dieron por buenas rudimentarias descripciones de la situación ambiental preoperacional y se emplearon mecanismos para estimar la deposición de contaminantes que minusvaloraron la situación real de afección al aire. No había una evaluación efectiva de los niveles que resultarían de los óxidos de nitrógeno (NOx) y del cumplimiento del límite que establecía una Directiva (1999/30/CE), en ese momento aprobada y que debía de ser transpuesta a la legislación estatal, antes de que las plantas funcionaran.

    Las conclusiones de este informe se vieron avaladas por la respuesta que dió el Gobierno con motivo de la formulación de una pregunta con respuesta escrita de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, con fecha 21 de abril de 2005, sobre la evaluación de la validez de los modelos de predicción de inmisión de contaminantes; al reconocer la ausencia de buenos modelos de dispersión. Así, se afirmaba en la respuesta mencionada, que “todavía (estamos hablando de abril de 2005) no se ha abordado un estudio que permita contrastar con fiabilidad estadística suficiente las diferencias que existan entre los resultados de la evaluación y el impacto real de las emisiones de una central, una vez que entran en funcionamiento”. También se añadía que “cuando se iniciaron las evaluaciones de impacto ambiental de las centrales de ciclo combinado, no existían modelos que permitiesen evaluar la incidencia de las emisiones de contaminantes primarios en la formación de contaminantes secundarios como es el ozono, pero que en la actualidad sí que se podía evaluar la formación de ozono.”

    El reconocimiento de estas carencias en las evaluaciones de impacto ambiental supuso la aprobación, por unanimidad de todos los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados, de una Proposición no de Ley el 30 de noviembre de 2005, en la que se instaba al gobierno a “llevar a cabo todos los trámites necesarios para realizar una evaluación de la validez de los modelos de predicción de inmisión de contaminantes mediante su comparación con datos reales y a tener en cuenta el aumento en la formación de ozono troposférico en los alrededores de las plantas en las evaluaciones de impacto ambiental y sus efectos económicos”.

    Pues bien, a pesar de todo esto, con fecha 18 de abril de 2005, (BOE de 31 de mayo de 2005), la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente, formuló declaración de impacto ambiental favorable sobre el proyecto de ampliación de la central térmica de ciclo combinado de Castejón, mediante la construcción del Grupo 2 de 400 MW, promovida por Elerebro,S.A. (Hidrocantábrico). Cuatro años más tarde, en octubre de 2009, la historia se vuelve a repetir y se concede la declaración de impacto ambiental favorable para la construcción de una cuarta central, promovida por Fensa (Iberdrola).

    Cada central emite alrededor de 150 toneladas de CO2 en 1 hora. En este sentido, nada se especifica en las DIAs al respecto de las emisiones de CO2 de las Centrales, escondiendo de esta forma la clara incompatibilidad de estos proyectos con los compromisos adquiridos en el Protocolo de Kioto.

    Cada central produce un nivel de emisión de óxidos de nitrógeno de 125 Kg./hora, equivalente al emitido por 100.000 automóviles en un día. Sin embargo, y pese a estas alarmantes emisiones, nada dicen las DIAs al aumento desorbitado de estos niveles de emisión.

    En referencia al ozono troposférico, gas provocado a consecuencia del incremento de óxidos de nitrógeno, el nivel establecido para la protección de la salud se sitúa en los 120 mg./ m3, mientras que el nivel a partir del cual debe informarse a la población está en los 180 mg./m3. Pues bien, estos límites han sido superados en multitud de ocasiones con las 2 primeras centrales que entraron en funcionamiento. Lógicamente el número de superaciones aumenta considerablemente al duplicarse la potencia instalada, con los graves riesgos que suponen para la salud de quienes habitan en la zona, pese a que no han parecido entenderlo así las autoridades competentes obligadas por ley a dar la pertinente información a la población afectada, y que reiteradamente vienen incumpliendo.

    La toma de caudal de agua autorizada del río Ebro para cada central, es de 280 litros de agua por segundo, siendo esos niveles equivalentes a los consumidos por una población de 60.000 habitantes.

    En las DIAs se reconoce que con la actividad de las nuevas centrales, se superarán los niveles de presión sonora establecidos por la legislación vigente durante el período nocturno de actividad en el borde sur de las instalaciones, es decir, en la zona más próxima al núcleo de población. Esta circunstancia se ve agravada por el hecho de que las centrales de Hidrocantábrico se encuentran ubicadas a tan sólo 69 metros del casco urbano, y la de Iberdrola a 114 metros, en lugar de los 2.000 metros que exige la legislación y así ha sido reconocido por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (ver enlaces recomendados).
     
    Las DIAs recogen la existencia de superaciones de los diferentes valores objetivos de protección de la salud humana. Los efectos negativos de las CTCC sobre la salud humana se producen especialmente sobre la denominada población de riesgo, como lo son niños, ancianos y enfermos crónicos. En este sentido es objetivamente previsible el incremento de enfermedades respiratorias y cardiovasculares como asma, bronquitis, diferentes alergias, envejecimiento pulmonar, cansancio, depresiones, ansiedad, cefaleas y otras patologías. Además no conviene olvidar que varios de los agentes nocivos que provocan las CTCC son agentes altamente cancerígenos.

    Por otro lado las DIAs reconoce también la elevada superación de los valores objetivos de protección de la vegetación. Como consecuencia de la superación de tales cotas, existe riesgo latente de que se produzca el fenómeno conocido como la “lluvia ácida” que tiene como consecuencia los efectos similares a los producidos por un incendio. Las consecuencias para el sector primario de tal fenómeno resultan ser altamente perjudiciales, especialmente en las explotaciones agrícolas, uno de los principales pilares económicos de la zona de la Ribera de Navarra, así como de todo su entorno, lo que produciría pérdidas económicas incalculables.

    Esta aberrante proliferación de centrales, constituye un claro ejemplo de sobreequipamiento cuyo impacto ambiental no se justifica en ningún caso, y son a todas luces innecesarias al existir suficiente potencia instalada en todo el territorio estatal. Ninguna de las 2 nuevas CTCC previstas tenían cabida en el proyecto de Plan Energético de Navarra, que tiene como máxima aspiración el autoabastecimiento de energía a través de energías renovables, donde indudablemente no puede incluirse la generación de energía a través de combustibles fósiles, sea carbón, petróleo o gas.

     

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