La Fundación Sustrai Erakuntza ha examinado el expediente del Parque Residencial Camino de Santiago, correspondiente al área de la nueva estación del Tren de Alta Velocidad y el área de la antigua estación de tren de Pamplona. El expediente contiene múltiples irregularidades por lo que la fundación presentó en noviembre de 2010 un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Así, podemos confirmar que la nueva infraestructura producirá fuertes impactos medioambientales y otros efectos no deseados que indicaremos a continuación, así como aspectos que no se ajustan a derecho en relación al proceso de desarrollo del proyecto. Más información en el cuerpo de la noticia, y en varios informes que ofrecemos para descargar…
De hecho, el expediente que contiene el proyecto de la nueva estación ha seguido un proceso confuso y tortuoso para su aprobación, habiéndose realizado múltiples estudios e informes durante su tramitación, muchos de los cuales han sido presentados con posterioridad al momento en que todo el proyecto fue puesto a disposición del público. Estos informes no expuestos públicamente contienen modificaciones al proyecto de gran calado, entre ellos informes de ruido y tráfico que producen cambios en la configuración urbana del proyecto, así como informes de contaminación de suelos que ni siquiera constan en el expediente (tan solo se citan). Todas estas irregularidades creemos que obligan a realizar un nuevo proceso de información pública del proyecto, que informe de su magnitud total, incluyendo todos los cambios efectuados durante su tramitación.
Así mismo, y como parte de la misma demanda judicial, Sustrai Erakuntza ha denunciado la ausencia de un estudio de otras alternativas posibles para la ubicación de la nueva estación, incluyendo una posible alternativa “cero” que no suponga la construcción de una nueva infraestructura. Esta condición también es de obligado cumplimento según la legislación vigente, como lo es la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). A este respecto es necesario indicar que el proyecto cuenta con su preceptivo estudio de Impacto Ambiental, pero este no fue tramitado conforme a derecho. Ello es debido a que no fue emitido en el “plazo máximo de seis meses a contar desde la admisión del estudio de impacto ambiental” como impone la ley. Así, la solicitud para la declaración de impacto ambiental se realizó el 28 de noviembre de 2006, pero la DIA no se presentó hasta el 30 de diciembre de 2009, con más de tres años de retraso. Esto facilita el que se hayan producido cambios importantes en las circunstancias que rodean al proyecto (nuevas construcciones e infraestructuras, cambios en las circunstancias sociales y económicas, etc.), de forma que se haya perdido el sentido y la finalidad original de la evaluación ambiental.
Algo similar ocurre con la Declaración de Impacto Ambiental del tramo entre Castejón y la Comarca de Pamplona del Tren de Alta Velocidad. Como ya informó Sustrai Erakuntza en su día, la construcción de esta macro-infraestructura se encuentra en situación de ilegalidad, al carecer de una DIA en vigor. Esta declaración fue emitida el 16 de abril de 2004, y según la legislación vigente, el proyecto ha de ser iniciado en los 5 años siguientes a su emisión, con el fin de asegurar que no se producen cambios en las circunstancias que rodean al proyecto, cosa que no se ha realizado. Por este motivo, el tramo entre Castejón y Pamplona del TAV navarro también se encuentra denunciado por Sustrai Erakuntza, en este caso ante la Audiencia Nacional.
Para acabar con este resumen del estudio del expediente de la nueva estación del TAV de Iruñea, es necesario profundizar en los impactos ambientales y sociales que se desprenden del mismo, y que no son solucionados de manera adecuada en el proyecto.
Así, en el expediente se incluye un informe del ruido que habrán de soportar las viviendas que se prevé construir. La actual legislación en materia de ruidos obliga a que el impacto acústico no exceda de los 60 decibelios durante el día y de los 50 decibelios durante la noche. Sin embargo, el estudio efectuado se basa en la legislación anterior, que permitía niveles de ruido superiores, por lo que gran parte de las viviendas a construir estarían soportando un nivel de ruido (tanto diurno como nocturno) superior al permitido en hasta 10 decibelios más (en el informe adjunto a esta nota de prensa puede verse el plano de los niveles de ruido nocturnos a soportar por las nuevas edificaciones, que corrobora esta afirmación).
En cuanto a la contaminación de los suelos y aguas subterráneas de una parte importante de la zona en la que se prevé construir viviendas, es importante comentar primero que no se han podido estudiar los informes de detalle que se realizaron, como ya se ha indicado previamente. La superficie del terreno en los que se ha confirmado que existen contaminantes del suelo corresponden a la empresa conocida como INQUINASA. Según un resumen del estudio realizado por una empresa consultora para la propia INQUINASA, existirían zonas contaminadas por compuestos tóxicos y peligrosos como arsénico, hidrocarburos, compuestos orgánicos volátiles y pesticidas (DDT), en concentraciones superiores a las permitidas. Sin embargo, en el expediente no se encuentra referencia concreta a las medidas que se tomarían para paliar esta situación.
En el expediente tampoco se encuentra ninguna mención a las medidas a tomar para solucionar las graves deficiencias detectadas en las cuencas de los ríos Elortz, Sadar y Arga en cuanto a calidad de sus aguas. Esta situación se vería probablemente incrementada debido al aumento de la población que este proyecto conllevaría y a que en el proyecto no se ha definido la solución a los vertidos de las aguas residuales, fecales y pluviales, ni se cuenta con un estudio exhaustivo de las necesidades de agua. Así mismo, se puede comprobar que para la definición del proyecto no se han tenido en cuenta la legislación que determina la necesidad de establecer medidas correctoras para evitar la contaminación lumínica. Tampoco se ha realizado un análisis de vibraciones sobre las parcelas que están cerca de la vía de tren soterrada que llega a la estación, que también es preceptivo en este tipo de proyectos.
Por este conjunto de importantes motivos, la Fundación Sustrai Erakuntza ha recurrido el conjunto del proyecto de construcción de la nueva estación y su área urbana adyacente. No se trata del único recurso presentado. En julio de 2010 se dio a conocer que los propietarios de una vivienda habían recurrido el proyecto debido a que los cambios efectuados en el mismo suponían el derribo de su vivienda habitual, y al haber sido realizados con posterioridad a la información pública no habían podido alegar adecuadamente. Este es un ejemplo de las formas en que se ha realizado la tramitación de este expediente, y por lo que se pide su nulidad.
Como puede comprobarse también en el informe completo del proyecto (que adjuntamos junto con esta nota), las instituciones continúan aprobando de forma irregular proyectos con muy dudosa rentabilidad económica y social, y que producen grandes impactos energéticos, ambientales y territoriales. La tramitación de todos los proyectos relacionados con el Tren de Alta Velocidad en Navarra (y las de muchos otros que suponen la construcción de grandes infraestructuras) suponen una continua burla de las más elementales disposiciones legales, lo que supone hurtar a la sociedad de las medidas de control que la ley establece ante la avaricia de los poderosos.
Estudios y otros informes que se pueden consultar:
- Informe completo de Sustrai sobre los impactos ambientales y aspectos no ajustados a derecho del PSIS de la estacion del TAV de Pamplona (archivo en formato PDF, 929 Kb). También en formato epub (74 Kb) para lectores de libros electrónicos.
- Recurso presentado por Sustrai ante los tribunales (archivo en formato Microsoft Word, 183 Kb).
- Conclusiones juridicas del recurso presentado por Sustrai ante los tribunales (archivo en formato Microsoft Word, 61 Kb).
- Respuesta del Gobierno de Navarra a la demanda interpuesta por Sustrai (archivo en formato PDF, 693 Kb).
- Alegaciones presentadas por los constructores para aumentar la edificabilidad, que aparecen en el expediente del recurso (archivo en formato PDF, 77 Kb).
- Informe incompleto sobre suelos contaminados en INQUINASA, presentado en el estudio de Impacto Ambiental (archivo en formato PDF, 755 Kb).
- Informe final sobre ruido, presentado en el estudio de Impacto Ambiental (archivo en formato PDF, 1,0 Mb).
- Informe de la CHE donde se indica que falta concretar las necesidades hidricas y las fuentes de suministro, que aparece en el expediente del recurso y está fechado el 20 de noviembre de 2008 (archivo en formato PDF, 396 Kb).
- Informe de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. Fechado el 17 de julio de 2007. (Archivo en formato PDF, 2,7 Mb).
- Informe de la Dirección General de Aviación Civil. Fechado el 25 de noviembre de 2009. (Archivo en formato PDF, 1,9 Mb).
- Informe del Director de Protección Civil. Fechado el 1 de febrero de 2008. (Archivo en formato PDF, 569 Kb).
- Informe de AENA. Fechado el 29 de octubre de 2009. (Archivo en formato PDF, 366 Kb).
- Informe del Departamento de Educación. Fechado el 10 de diciembre de 2009. (Archivo en formato PDF, 183 Kb).
- Informe de ADIF. Fechado el 14 de diciembre de 2009. (Archivo en formato PDF, 205 Kb).
- Adenda al Estudio de Incidencia Ambiental, nuevo Estudio de Ruido, nuevas valoraciones. Fechado en junio de 2009. (Archivo en formato PDF, 527 Kb).
- Adenda al Estudio Hidrológico. Fechado en junio de 2009. (Archivo en formato PDF, 230 Kb).
Fundación Sustrai Erakuntza
Teléfono: 948 770 421
Correo electrónico: sustrai@fundacionsustrai.org